Primera Política de Igualdad de Género Ministerio CDCI: ¿un asunto de mujeres?
El Ministerio de Ciencia, Tecnología, Conocimiento e Innovación (CTCI) publicó la ‘primera’ Política de Igualdad de Género. Una política para esta temática es una buena noticia, no obstante, también delimita un campo de significados y acciones subsecuentes. El Ministerio elige “la remoción de barreras que impiden la participación y desarrollo pleno de las mujeres en CTCI” como el gran desafío de igualdad. Remover barreras transparenta el tono del orden de género al que se alude. La preocupación por las brechas no ha pasado de la igualdad meramente formal razón por la cual fue superada por la priorización de las relaciones de inequidad estructurales de género (1). Este foco parcial explicaría también que el Ministerio trabaje de manera aislada, hay silencio del Ministerio de Educación, escaso impacto en la Agencia Nacional de Investigación y Desarrollo (ANID), ausencia de las coordinadoras de universidades y redes de investigación y, en especial, de la agencia acreditadora. Se aprecia un foco reduccionista que asume acríticamente que una brecha de género se puede cerrar, por decreto ministerial, sin ahondar en las condiciones históricas y sociales que dan cuenta de ella.
Una política pública busca: “a) el diseño de una acción colectiva intencional, b) el curso que efectivamente toma la acción como resultado de las muchas decisiones e interacciones que comporta y, en consecuencia, c) los hechos reales que la acción colectiva produce” (2). La Política carece de ‘acciones colectivas intencionales’ y del ‘curso para esas acciones’ lo que dificulta imaginar los ‘hechos reales que ella produce’. Enuncia un plan de acción “50/50 para el 2030” que abre los objetivos declarados, pero no explicita los resultados esperados, las acciones a implementar, los recursos contemplados, ni su evaluación. Estaríamos ante el ‘establecimiento de agenda’ (3) lo que implica incorporación del enfoque de género en algo existente, pero no una reformulación.
No hay definición para género, ni para brecha, ni para igualdad. Al no preguntarse qué se entiende por igualdad, la aspiración es equilibrio entre un binario. Se oblitera las relaciones de poder inherentes a toda práctica social, aquellas relaciones de subordinación para las mujeres que no cambian porque se nos incluya en algo.
Cerrar brechas es cuestión de productividad. Una concepción utilitarista que resuelve problemas, reduce incertidumbre e inventa nuevos mercados. Se trata de la pretensión de lograr objetivos ‘irracionales a través de medios racionales’ (1). El Estado aparece como un ente que brinda datos, provee instrumentos y normativa. No garantiza sustentabilidad ni se compromete en el desarrollo. La publicación de una Política que se asocia a un plan de acción aún en borrador evidencia que se trata de una política no vinculante en manos de nadie que depende de la discrecionalidad de la repartición donde se deje caer. No hay responsables y su alcance es parcial y limitado. No tiene fuerza de ley ni está asociada a presupuesto, lo que la hace aún más discrecional, corriendo el riesgo de llegar a ser irrelevante.
El reporte que comunica esta Política no considera ninguna cita al trabajo académico de mujeres chilenas, así como tampoco ninguna referencia a los estudios de educación superior, ciencia y academia con perspectiva de género realizados en el país. La única virtud de la Política es completar un indicador y sostener el mismo entramado que aspira a modificar, la cultura del cumplimiento (5). Nos encontramos aquí con una política pública no supera aquello de “todo lo que los gobiernos deciden hacer o no hacer” (6).
Referencias
(1) Alonso Álvarez, A. (2010). El mainstreaming de género y sus nuevos desafíos: repensando el concepto de igualdad(es). Revista del CLAD Reforma y Democracia, (47), 47-70. ISSN: 1315-2378. Disponible en: https://www.redalyc.org/articulo.oa?id=357533679002
(2) Aguilar Villanueva, L. (1996/a). Estudio Introductorio. En L. Aguilar Villanueva (Ed.), La Hechura de las Políticas Públicas (pp. 15-84). México: Miguel Ángel Porrúa
(3) Jahan, R., & Mumtaz, S. (1996). The Elusive Agenda: Mainstreaming Women in Development [with Comments]. The Pakistan Development Review, 35(4), 825–834. http://www.jstor.org/stable/41260001
(4) Rodríguez, J. (2020) Resistiendo la interseccionalidad. Reflexiones sobre la fatiga racial y de género. Gestión y Negocios FEN UAH, 2(5), 21-23.
(5) Marine, S. B., y Nicolazzo, Z. (2017). The rise of compliance culture: a dead end for addressing sexual violence: http://jcshesa.wordpress.com/2017/06/27/the-rise-of-compliance-culture-a-dead-end-for-ending-campus-sexual-violence/
(6) Dye, T. R. (2008). Understanding public policy. Upper Saddle River, N.J: Prentice Hall.
por Por Marcela Mandiola Cotroneo y Adriana Bastias Barrientos, integrantes de Red de Investigadoras
Artículo publicado en Revista Psicología Hoy nº 38, pp 6-8. Facultad de Psicología UAH, año 2021.